«La defensa técnica de alguno de los acusados aseguran que sus clientes no tienen relación con los hechos que se les acusa».
PCP
Santo Domingo. Los allanamientos llevados a cabo durante la Operación FM, contra una presunta red de lavado de activos, no fueron dirigidos a los imputados en el caso, esto consta la solicitud con fecha del 07 de marzo 2022, en violación al Código Procesal Penal.
Según la defensa técnica de la imputada Gladys Sofía Azcona de la Cruz, determina que el artículo 182 del Código Procesal Penal, en su acapite 4, establece que la orden de allanamiento debe tener el motivo preciso del registro, indicando con exactitud los objetos o personas que se espera encontrar y las diligencias a practicar, y esta no refiere el nombre de su defendida, por lo que se tildó de ilegal su detención junto a otra persona.
El abogado Bunel Ramírez, explicó, que la orden de allanamiento se refiere a Juan Gabriel Pérez Tejada, presunto cabecilla, y Anabel Altagracia Sánchez Santana, sólo fueron se les conoció como residentes de un inmueble que fue allanado y no como supuestos imputados.
Señaló que la orden de arresto No. 2022-TAUT-00731, omite a Juan Isidro Pérez de la Rosa, Rolando Miguel Reyes Javier, Dyna Madison Noguera Polanco, Ramluis Mejía Azcona y a la exfuncionaria Gladis Sofía Azcona de la Cruz, violando así el artículo 182 del Código Procesal Penal y se constituye en un arresto ilegal contra los señalados.
Bunel tildó como exagerada la acusación contra su cliente, a quien se le acusa de 158 millones de pesos resultado de maniobras ilícitas, afirmando que desmontara con elementos bien sustentados, que posee como pruebas a descargo.
La defensa de otros de los acusados aseguran que sus clientes nada tienen relación con los hechos que se les acusa, lo que afirman demostrarán ante el Juzgado de Atención Permanente de Santo Domingo Oeste, que conoce este lunes la medida de coerción.