«Se aclaró que los permisos otorgados para la construcción del Aeropuerto Internacional de Bávaro (AIB) se mantienen vigentes según la decisión de TSA. Y hacen público que la sentencia de TSA no declaró que el AIB sería lesivo, sino que simplemente se limitó a realizar un acto de nudalidad al oficio por la omisión de requisitos de formalidad y no de fondo…, «
PCP
Punta Cana Bávaro. El tema Aeropuerto Internacional de Bávaro, propuesto para construirse en esta ciudad turística continúa siendo de interés luego de que se desvelara la presunta manipulación de la noticia publicada en algunos medios del país dominicano cuando se divulgó hace poco que el Tribunal Superior Administrativo habia declarado «lesivo» a la comunidad dicha obra. Aducen un supuesto manejo interesado de la información que tergiversó el dato por lo que se ha calificado como «manos obscuras» que buscan nublar la razón de las autoridades y de las personas en busca de lograr impedir dicha obra. La aclaración la ha hecho el Grupo ABRISA.
La sociedad inversionista del importante proyecto refutó las informaciones difundidas, con relación a la Sentencia Dictada por el Tribunal Superior Administrativo, por el expediente de supuesta lesividad y que había sido iniciado por el Instituto Dominicano de Aviación Civil (IDAC) contra la comunicación 2293 de 11 de agosto de 2020, por la cual se formalizaba el proceso de construcción y fiscalización del Aeropuerto Internacional de Bávaro.
Grupo ABRISA destacó que todos los permisos otorgados para la construcción del Aeropuerto Internacional de Bávaro (AIB) se mantienen vigente según la decisión de TSA. Hacen público que la sentencia de TSA no declaró que el Aeropuerto Internacional de Bávaro sería lesivos, sino que simplemente se limitó a realizar un acto de nudalidad al oficio que precisa el inicio de construcción y fiscalización del AIB dictado por el anterior director del IDAC por la omisión de requisitos formales y no de fondo; La sentencia dice textualmente que: «en consecuencia, anula la Comunicación número 2239 emitida por el Instituto Dominicano de Aviación Civil (IDAC)» . Y que no se sabe de donde salió el calificativo de LESIVO inventado por posible sector opuesto a la inversión.
En lo que compete a la Sentencia, también destacó que TSA expresó que el procedimiento de lesividad Cursado por el IDAC y jocosamente dirigido contra su propio acto número 2293 del 11 de agosto del 2020, no afecta las actuaciones anteriores ni cuestiona el contrato entre el estado Dominicano y el Aeropuerto AIB, tampoco otorga en sí, el derecho absoluto para el IDAC sobre la autorización de construcción porque trata del inicio condicionado de la obra en cuestión .
También señala que AIB, respetando los procesos legales para evidenciar las falsedades y distorsiones del IDAC frente a TSA y las contrataciones e incoherencias de la sentencia de lesividad.
El comunicado da a entender que la inversión proyectada continuará conforme al plan de negocios desarrollados por sus inversionistas