El costo público de la denuncia falsa y el castigo que le espera

Redacción PCP
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Por: Hendrich Ramírez

“La Maquinaria del Estado no es un Juguete, por lo tanto no puede ser utilizada por personas maliciosas…,”

«El nuevo Código Penal dominicano da un paso importante hacia una cultura de responsabilidad procesal: denunciar es un derecho; mentir ante la justicia, a partir de agosto, tendrá un precio…,»

SANTO DOMINGO, RD – El nuevo Código Penal dominicano, cuya entrada en vigencia está prevista para inicios de agosto del presente año, introduce una serie de tipos penales que responden a realidades que el código penal actual no aborda. Entre estas novedades destacan dos figuras de especial relevancia práctica: la denuncia falsa (artículo 329) y la imputación falsa (artículo 338).

La Maquinaria del Estado no es un Juguete, por lo tanto no puede ser utilizada por personas maliciosas.

Cuando una persona acude ante una autoridad a presentar una denuncia o imputa a alguien ante el Ministerio Público, no está ejerciendo un simple derecho ciudadano. Lo que hace, en realidad, es activar una compleja y costosa maquinaria institucional: fiscales que investigan, agentes policiales que ejecutan diligencias, peritos que analizan evidencia, jueces que celebran audiencias, defensores públicos que acuden al tribunal. Todo eso, y me quedo corto, consume tiempo, recursos humanos y presupuesto del Estado, recursos que bien podrían estar destinados a perseguir crímenes reales.

Quien denuncia falsamente, o quien imputa a sabiendas de la falsedad de su señalamiento, no solo perjudica al imputado inocente o de quien se insinúa pudo haber cometido el hecho que se imputa—arrojándolo a la angustia de un proceso penal, exponiéndolo al escarnio público y comprometiendo su libertad—, sino que también defrauda al Estado y a la sociedad en su conjunto.

El artículo 329 del nuevo código penal castiga a quien, de manera voluntaria, presente ante una autoridad una denuncia imputando falsamente a otra persona la comisión de hechos que constituyan una infracción penal. La pena oscila entre uno y dos años de prisión menor, más multa de tres a seis salarios mínimos del sector público.

El artículo 338, por su parte, va más lejos y gradúa la sanción según la gravedad de la infracción falsamente imputada:

  • Si la infracción imputada era muy grave: de uno a dos años de prisión menor y multa de tres a seis salarios mínimos.

  • Si era grave: de quince días a un año de prisión menor y multa de uno a dos salarios mínimos.

  • Si era leve: pena de multa de uno a dos salarios mínimos.

Y el párrafo del artículo 338 cierra con una previsión de especial trascendencia institucional: las mismas penas se impondrán cuando se trate de miembros del Ministerio Público o cualquier autoridad. Esto significa que el funcionario que abuse de su posición para formular imputaciones falsas no quedará impune amparado en su cargo; responderá en igualdad de condiciones.

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La penalización de estas conductas responde a un principio fundamental del Estado de Derecho. El acceso al sistema de justicia penal es un derecho, pero su ejercicio doloso o temerario no puede seguir siendo gratuito.

En la práctica, no ha sido inusual encontrar denuncias instrumentalizadas para presionar en conflictos civiles, mercantiles o familiares; para intimidar a un adversario o arruinar su reputación; para buscar dinero a raíz de imputar hechos y acabar reputaciones; o simplemente para vengarse de alguien utilizando al Estado como herramienta. Esas conductas generaban consecuencias devastadoras para el imputado inocente, pero pocas o ninguna para quien las protagonizaba.

Con estos nuevos tipos penales, el legislador envía un mensaje claro: el sistema penal no es un arma privada. Quien lo utilice de mala fe, con conocimiento de la falsedad de su acusación o en temerario desprecio hacia la verdad, deberá responder penalmente por ello.

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La vigencia de estas disposiciones contribuirá, a mediano plazo, a depurar el flujo de casos que ingresan al sistema de justicia y a disminuir las denuncias que se presentan, permitiendo que los operadores jurídicos concentren sus esfuerzos en investigaciones genuinas.

Asimismo, reforzará la confianza ciudadana en las instituciones, pues el ciudadano sabrá que el Ministerio Público y los tribunales no son espacios para “fabricar casos”.

En definitiva, el nuevo Código Penal dominicano da un paso importante hacia una cultura de responsabilidad procesal: denunciar es un derecho; mentir ante la justicia, a partir de agosto, tendrá un precio.

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