“De 2 a 5 años de prisión: la ley convierte el control económico en delito y protege a quienes antes sufrían en silencio.”
SANTO DOMINGO. RD – Con el nuevo Código Penal, la violencia económica deja de ser un término social para convertirse en un delito tipificado. El Artículo 139 sanciona con penas de 2 a 5 años de prisión y multas importantes a quienes utilicen el dinero como herramienta de poder para someter o limitar la autonomía de sus víctimas.
La norma se centra en conductas como impedir el acceso a recursos básicos, retener ingresos, controlar el dinero del hogar sin consentimiento o condicionar gastos como forma de coerción. Por primera vez, la justicia dominicana reconoce que el abuso económico puede ser tan devastador como la violencia física o psicológica.
Organizaciones feministas celebran esta inclusión como un avance histórico en la protección de mujeres y personas en relaciones de dependencia financiera. Afirman que esta medida cierra una brecha legal que permitía que muchas víctimas quedaran atrapadas sin recursos y sin respaldo jurídico.
No obstante, algunos juristas alertan que la aplicación práctica de este artículo podría generar controversias. Plantean que, sin criterios claros, puede prestarse a denuncias malintencionadas o conflictos domésticos judicializados que antes se resolvían en el ámbito civil.
Lo cierto es que el Artículo 139 marca un cambio cultural y legal: el dinero ya no será un arma de control, sino un terreno donde la ley impondrá límites claros. El desafío ahora es garantizar que los tribunales cuenten con herramientas para distinguir entre disputa económica y verdadera violencia financiera.






